Cambios en el apartado 7.5.2 Validación de los procesos de la producción y la prestación del servicio
De nuevo cambios en la sintaxis que no aportan nada nuevo al contenido expresado en la norma del año 2000. Si los productos (o servicios) resultantes de un proceso no pueden verificarse con actividades de seguimiento o medición posteriores, es evidente que las deficiencias aparecerán siempre después que el producto haya sido utilizado o el servicio prestado.
Cambios en el apartado 7.5.3 Identificación y trazabilidad
Cambio aclaratorio y reafirmante. Se especifica claramente que la trazabilidad aplica a toda la realización del producto lo cual supone analizar y en su caso reforzar la interrelación entre los procesos.