Aunque se indica en las tablas de equivalencia ISO 9001 – ISO 14001 que este punto se corresponde con los puntos 5.5.3 comunicación interna y 7.2.3 comunicación con el cliente de la ISO 9001 poco o nada tiene que ver con los objetivos perseguidos así como los requisitos que despliega.
En esta norma por lo pronto se hace referencia a la necesidad de establecer procedimientos (uno o varios) y por lo tanto, y al igual que en el anterior punto descrito, es altamente aconsejable que todas las actuaciones relacionadas con el cumplimiento de este requisito se recojan en un procedimiento documentado.
La norma hace referencia a la comunicación en relación con los aspectos ambientales y el sistema de gestión ambiental, no obstante en los sistemas integrados de gestión debe incorporarse el resto de acciones comunicativas internas relativas al sistema de calidad y la comunicación con el cliente.
Tal procedimiento debe contemplar el flujo de comunicación entre los distintos niveles y funciones de la empresa y como se establece, queda documentada y se responde a las comunicaciones con partes interesadas externas.
Es importante, y por ello debe quedar documentado, que la empresa decida si debe comunicar externamente información sobre sus aspectos ambientales significativos o no. En caso afirmativo se debe establecer el cómo, lo cual como es lógico debe quedar establecido en el procedimiento referido.